Con motivo de la excepcionalidad ibérica, el pasado 8 de junio, la Comisión Europea ponía en marcha al mecanismo de tope al precio del gas para generar electricidad para España y Portugal. Esto fue legalizado mediante el Real Decreto-ley 10/2022, que fue convalidado por el Congreso en la Resolución 10042 desde el BOE.
El Gobierno está tomando medidas para desacoplar el precio del gas. Parte de la escena económica se basa en reducir la factura que se paga por electricidad. Debido a que en la Península Ibérica disponemos de una escasa interconexión con el resto de Europa, nos genera un gran inconveniente en cuanto a la integración en el mercado europeo.
Resulta que el precio de la electricidad está determinado por la tecnología de los ciclos combinados de gas, puesto que se han visto incrementados los costes de producción. Esto puede observarse en los últimos meses, donde se ha pagado 300 o 400 €/MWh cuando las centrales hidráulicas, nucleares o renovables son menos caras, ya que tienen unos costes de 10 veces más bajos.
Se anticipa que los perjudicados serán todos los consumidores, por el hecho de que hay una fuerte preocupación por el precio del gas natural. Las medidas legislativas propuestas tienen como objetivo limitar las variaciones de estos precios para reducir los costos de energía y, por ende, el precio final del mercado. Con un sistema más simple se espera tener mayor estabilidad en comparación a la que representan las subastas diarias.
A pesar de que el objetivo sea bajar el precio del gas, se debe hacer una compensación a las centrales generadoras de electricidad que utilizan gas haciendo una media entre el precio real del gas y el estipulado por la nueva medida normativa. Esto se verá reflejado en nuestras facturas eléctricas, pero no como importe fijo, ya que varía según la demanda de energía.
Sin embargo, únicamente afectará a clientes cuyo contrato experimente estas características:
- Contrato con precio variable
- Nuevos contratos que hayan cambiado de comercializador
- Renovaciones de contrato por caducidad
- Contratos que se modifiquen durante la permanencia
Por otro lado, a pesar de este importe extra que pagaremos en las facturas, esta subida es inferior a la que los clientes tendrían que pagar si no tuviéramos el tope de gas. Esto se debe a que ahora se paga únicamente la parte correspondiente al gas generado, en lugar de penalizar con el precio de gas a toda la electricidad demandada.
Los consumidores deberemos prestar atención a la evolución del coste de la energía y a los efectos que puede tener regular los costes de esta. Parece obvio a las empresas productoras de energía querrán cobrar el coste real de su producción. Veremos como se articula quién termina pagando.